sábado, 8 de diciembre de 2018

EVOLUCIÓN LEGAL DE LAS TELECOMUNICACIONES VENEZOLANAS: LEYES ORGÁNICAS DE 1940; 2000; 2010


En este recorrido se abordan las transformaciones más significativas de las tres leyes orgánicas en materia de telecomunicaciones, que ha tenido Venezuela, como ámbito del derecho administrativo económico, pasando por tres etapas: la primera como servicio público, basada en el interés general de la ciudadanía; luego servicio general, orientada a la protección de los intereses colectivos, ofreciendo facilidades de acceso; y posteriormente servicio de interés público, para su explotación y prestación.
La Ley Orgánica de Telecomunicaciones (LOT) de 1940 reservaba las telecomunicaciones al Estado, siendo un régimen de actividades económicas públicas con titularidad pública, contemplado en el Artículo 1 de la normativa:

…el establecimiento y explotación de todo sistema de comunicación telegráfica por medio de escritos, signos, señales, imágenes y sonidos de toda naturaleza, por hilos o sin ellos u otros sistemas o procedimientos de transmisión de señales eléctricas o visuales, inventados o por inventarse, corresponde exclusivamente al Estado. Su administración, inspección y vigilancia, al Ejecutivo Federal… (Hernández, s/f; pp. 152 y 153)

De tal manera que el sector privado no participaba en las actividades del sector en libertad; la explotación de las actividades de telecomunicaciones se daban por el otorgamiento de permisos que no perseguían fines lucrativos o concesiones que sí tenían fines lucrativos, los mismos se otorgaban  a través de contratos administrativos que asignaban el derecho de explotar la actividad de telecomunicaciones aún cuando seguían siendo actividades económicas públicas que no permitían la libre concurrencia, sólo otorgaban el uso de un bien de dominio público.
El Estado ejercía el control y la fiscalización por medio de regulaciones legales, por ser las telecomunicaciones reservas directas de él; esa reserva no excluía la libertad económica, una vez hecho el otorgamiento el concesionario explotaba la actividad quedando sólo sujeto a las limitaciones derivadas de la reserva, estas limitaciones eran la defensa del interés público en el desarrollo y prestación de los servicios de telecomunicación.
Con la entrada en vigencia de la LOT del 2000, el sector inicia su camino con la libre competencia del mercado vinculado al interés general, iniciando así la liberalización de las telecomunicaciones en Venezuela; pasan así a configurarse como actividad económica privada basadas en la libertad económica y la libre competencia, donde todos los particulares tenía el derecho constitucional a dedicarse a cualquier actividad del servicio de telecomunicaciones, rigiéndose por los principios de libre competencia que a su vez es inherente a la libertad económica.

Es necesario aclarar que el concepto de libre competencia “no depende de la completa libertad de entrada y salida del mercado, sino de la aptitud de los agentes económicos que actúan en el mercado (como oferentes o demandantes) de fijar libremente las condiciones de los intercambios comerciales que se realicen.” (Hernández, s/f; p. 161), más allá de este planteamiento, la ley del 2000 calificó las actividades de telecomunicaciones afectadas al interés general, en su Artículo 5:

…El establecimiento o explotación de redes de telecomunicaciones, así como la prestación de servicios de telecomunicaciones se consideran actividades de interés general, para cuyo ejercicio se requerirá la obtención previa de la correspondiente habilitación administrativa y concesión de ser necesaria, en los casos y condiciones que establece la ley, los reglamentos y  las Condiciones Generales que al efecto establezca la Comisión Nacional de Telecomunicaciones… (Hernández, s/f; p. 162)

Este marco normativo no desconoce el interés general de los servicios que está caracterizado por la participación de particulares en condiciones de libre competencia, en este caso busca armonizar el sistema de derecho administrativo en el área, otorgando acceso a nuevos operadores que exijan autorización para operar; esta autorización se convierte en un acto administrativo de efectos declarativos y no constitutivos, conformados por una habilitación administrativa otorgada por la Comisión Nacional de Telecomunicaciones para la explotación de un atributo.

Las habilitaciones corresponden el otorgamiento de derechos y deberes inherentes a la actividad para la cual ha sido habilitado el operador, teniendo un carácter constitutivo donde el interés general presente en el sector es justificado por el acceso de nuevos operadores que son sometidos a un control administrativo del Estado y que tienen la responsabilidad patrimonial de la administración en el contexto de la liberalización de las telecomunicaciones, esta liberalización de servicios públicos deroga la reserva que estaba en manos del Estado con la ley del 40.
En este sentido las actividades de telecomunicaciones liberalizadas, estarán caracterizadas por (a) estar reglamentadas; (b) estar sujetas a la revisión técnica; (c) depender del régimen de concesiones; (d) imposición de servicio público; (e) limitaciones de los operadores dentro del mercado.
Las razones por las cuales se establecen se derivan de los aspectos técnicos que dependen de la intervención del Estado, por estar el espectro limitado en su uso y explotación, además el uso de las infraestructuras de red que permita la libre concurrencia; el Estado tutela el uso del bien de dominio público, es decir, el espectro radioeléctrico, y por último, la protección de los diversos derechos fundamentales involucrados en las telecomunicaciones. El Estado garantiza los servicios públicos de radio y televisión, permitiendo el acceso universal a la información, por otra parte, la liberalización está sujeta a la intervención del Estado, que es el garante de la satisfacción de los derechos fundamentales, la libertad económica y la libre competencia.
El Estado venezolano, a partir de la promulgación de la LOT del 2010, no sólo protege el interés colectivo sino que se adecua a la naturaleza jurídica de las telecomunicaciones en el mundo actual, en este sentido, en su Artículo 5, establece el servicio e interés público del sector:

Artículo 5.
Se declaran como de servicio e interés público el establecimiento o explotación de redes de telecomunicaciones y la prestación de servicios de telecomunicaciones, entre ellos radio, televisión y producción nacional independiente, para cuyo ejercicio se requerirá la obtención previa de la correspondiente habilitación administrativa, concesión o permiso, de ser necesario, en los casos y condiciones que establece esta Ley…

Esta regulación mantiene la promoción de la competencia, ordena el uso de la infraestructura de la red con el fin de la concurrencia de los operadores en ella para garantizar el libre acceso de todos los operadores, en condiciones de transparencia, objetivas y no discriminatorias, por medio de la interconexión.
Así mismo, la ley reconoce la administración, dirección, control y supervisión del sector por ser un bien de interés público de carácter restringido, al igual que la LOT 2000, califica a los operadores dominantes para regular su mercado y permitir el acceso de nuevos operadores, facilitado por el otorgamiento de títulos habilitantes para acceder al mercado como búsqueda de eficiencia y estímulo de la libertad económica; de allí que el acceso a la información, la reducción a las desigualdades, obligando a los operadores a prestar los servicios a los usuarios por medio del servicio universal.

FUENTES CONSULTADAS

Hernández, José Ignacio (s/f). Reflexiones sobre la nueva ordenación de las telecomunicaciones en Venezuela. [Mimeografiado]

Ley de Telecomunicaciones (1940). Gaceta Oficial Nro. 20.248 del 1 de agosto de 1940.

Ley Orgánica de Telecomunicaciones (2000). Gaceta Oficial Nro. 36.970 del 12 de junio de 2000.

Ley Orgánica de Telecomunicaciones (2010). Gaceta Oficial Extraordinaria 6.015 del 28 de diciembre de 2010.

domingo, 2 de diciembre de 2018

MODELO DE TELECOMUNICACIONES SEGÚN EL LIBRO VERDE: LA TRANSFORMACIÓN DE LA TECNOLOGÍA Y SUS NUEVAS TENDENCIAS


Hace pocos años eran impensables los avances tecnológicos en las telecomunicaciones (telecom) a gran escala, sin embargo, un sinnúmero de Directivas de la Comunidad Europea (CU) desarrollaba las directrices para los servicios existentes hasta ese momento y la convergencia de esos servicios analógicos hacia la era digital, abriendo un sinfín de oportunidades para la evolución del mercado, sus operadores y usuarios.

En el presente análisis se busca establecer las líneas centrales del texto al que se hace referencia, el modelo de telecomunicaciones, sus tendencias, el empleo de tecnologías amigables y sobremanera establecer diferencias respecto a cómo eran antes las telecomunicaciones y cómo son ahora, así mismo, generar un aporte crítico que se desprende de la elaboración del presente escrito.
La irrupción de nuevas actividades para el desarrollo de las telecomunicaciones y la posterior adecuación de los servicios tradicionales, trae consigo la transformación de toda esta área tanto en el modelo económico como el de servicios y la preferencia de los usuarios o consumidores, internet trajo consigo una nueva dimensión que permitió la oferta de nuevos bienes y servicios a escala global.
El Libro Verde se convierte en una necesidad de unificación de criterios presentes en Directivas de la CE que buscaban armonizar los nuevos retos en las telecom, mediante las prácticas, investigaciones y desarrollos en el área, generando un marco regulatorio adecuado a la transferencia de tecnologías analógica a digital.
Las limitaciones de la tecnología analógica no permitían un crecimiento y expansión de algunos medios, esto por la limitación propia del espectro radioeléctrico y la tecnología existente hasta el momento. Sin embargo la incertidumbre que traía consigo la digitalización en su aplicación, estaba planteada en prejuicios en algunos casos y falta de información en otros, ya que implicaba no sólo migrar a nuevas plataformas sino también la implementación de la sociedad de la información, es decir, servicios a escala global.
El entorno de comunicaciones dentro de un marco global, facilitado por el desarrollo tecnológico generó una capacidad creciente en las redes de transporte de servicios de telecomunicación por medio de la tecnología de la información, generando una transformación con la aplicación de la convergencia para garantizar la eficiencia y la calidad de los servicios existentes y de los nuevos, ahora bien, la convergencia trajo consigo repercusiones sobre la configuración de las telecomunicaciones al pasar a ser un hecho económico liberalizado con regulaciones nacionales y en el caso de Europa regulaciones en los Estados miembros de la comunidad.
La liberalización plantea una estructura de mercado abierta y competitiva en el suministro de servicios, por ejemplo, la televisión por cable que vino a innovar beneficios tanto para el consumidor como para la industria de telecomunicaciones en el mundo, en este sentido el Libro Verde examina la naturaleza de los fenómenos de convergencia y se concentra en la prestación del servicios y las redes que los transportan, planteando los problemas referidos a la reglamentación y la relación que existe con los nuevos fenómenos, estos son los sistemas de componente, redes y servicios asociados derivados de las nuevas aplicaciones de la tecnología digital con el hecho de determinar las características de los proveedores, prestadores de servicio y consumidores.
 Ahora bien, dentro de los alcances está determinada la capacidad de las plataformas de redes de transporte, los tipos de servicios y los dispositivos de consumo, estableciendo una cadena de valor para la entrega de servicios de los clientes, que contempla dentro de las etapas de convergencia las políticas y reglamentación: (a) mercados y servicios; (b) alianza y fusiones en la industria; y (c) tecnologías y plataformas de redes, que modificaban las relaciones tradicionales entre proveedores y consumidores.
Un claro ejemplo es la transmisión digital, que emplea redes de distribución o infraestructura alámbricas e inalámbricas con nuevos soportes como la res digital de servicios integrados, utilizada mayormente para el acceso a internet, donde también se aplica la tecnología de comunicación de alta velocidad por medio de protocolos de internet (IP), desarrollando nuevos servicios que permitían tráfico de voz, datos o video, promoviendo así una independencia tecnológica al desarrollar este sector de las telecomunicaciones.

Por otro lado, los servicios de radiodifusión sonora y televisión digital, traen consigo la transformación de las telecomunicaciones audiovisuales, empleando para ello sistemas de transporte alámbrico e inalámbrico y transportadores de satélite, impactando sobremanera con las nuevas tendencias de servicios en esta área por medio de paquetes y programas y canales temáticos, con bajo costo para los usuarios y ofreciendo prácticamente una amplia oferta basada en la liberalización total de los servicios y el rompimiento de los monopolios rígidos, para establecer una competencia democrática en el sector.
Ahora bien, la reglamentación tradicional existente hasta el momento en el sector de telecomunicaciones, entraba en una etapa caótica ante el desarrollo de la industria informática y la libertad de mercado que permitía niveles de alta competividad, beneficios para empresas y consumidores, entendido como reducción de precios, innovación  de servicios, mejoras en la prestación de los servicios y reducción de costo para los prestadores de servicio, por otra parte venía internet a buscar convertirse en una plataforma sustituta de las plataformas existentes y redes informáticas tradicionales.
Ahora bien, la convergencia trajo consigo algunas repercusiones, entre ellas en el contexto económico y social, debido a las nuevas actividades y servicios ofrecidos por el mercado y las nuevas tendencias tecnológicas que afectaban la cotidianidad de las actividades empresariales, el hogar y el trabajo de los usuarios y la gestión y prestación de servicios públicos, así mismo la competitividad económica e industrial ante la diversidad de entornos culturales que ahora estaban presentes dentro del mercado.
La liberalización y la competencia unidas a la digitalización, traían consigo nuevos agentes, es decir, nuevos operadores que se integrarían en la creación de contenidos, acondicionamiento, prestación de servicios, suministro de infraestructura y venta de terminales, modificando así las pautas de consumo en todos los sectores de la vida que generaron accesos diferentes a los usuarios sobre esta nueva infraestructura de las telecom por medio de mayor disponibilidad de contenidos y servicios, sin embargo el Libro Verde aborda los obstáculos potenciales ante las incertidumbres presentes objeto de esta nueva realidad.
Una de ellas es la multiplicidad de organismos reguladores, también  el acceso a las redes, sistemas de acceso condicional y contenidos, vislumbrando las entradas del mercado de la obtención de licencia de los operadores así como las nuevas atribuciones derivadas de las radiofrecuencias y otros recursos, por ser de interés público contienen distintas medidas encaminadas a garantizar la protección de las telecomunicaciones como derecho humano basadas en la confianza de la población en el nuevo entorno.
Esa reglamentación buscaba generar equilibrios para los diferentes actores así mismo como la distinción entre las actividades públicas y las privadas haciendo una revisión de las estructuras reglamentarias, evitando la fragmentación y unificando sus criterios para superar los obstáculos presentes, en primera instancia con la entrada en el mercado del otorgamiento de concesiones y licencias que permitía el fomento de la innovación y la eficiencia de la explotación de servicios de telecomunicación para contribuir con el crecimiento y diversificación de la información y los servicios en la sociedad de la información, entre ellos los sistemas de navegación conocidos como buscadores o motores de búsqueda.
De allí que se plantee la reglamentación adecuada para las empresas y consumidores y el papel de los servicios públicos en las telecom así como servicio universal con las responsabilidades de las distintas organizaciones que los desarrollan, por otra parte, la defensa de la intimidad y la protección de datos, las criptografías y firmas digitales, el respeto a la diversidad cultural, la protección de los menores y del orden público, el equilibrio entre las responsabilidades de la comunidad y de los Estados miembros para dilucidar los diversos problemas en su ámbito o a nivel internacional por medio de aspectos de convergencia como principios de políticas reglamentarias que deben guiar la necesidad de un marco claro y previsible en todo el sector.

Se hace una fijación de autoridades reguladoras independientes presentes en los Estados miembros para desarrollar el proceso de convergencia dentro de las nuevas iniciativas en telecomunicaciones, apoyándose en estructuras existentes para el momento, que paulatinamente introduzcan de manera progresiva nuevos modelos reglamentarios adecuados a las necesidades tecnológicas, económicas, sociales y culturales, de tal manera que el Libro Verde inaugura una nueva fase en materia de telecomunicaciones y a pesar de estar en un marco regional, se prepara para la liberalización, distinción de servicios públicos y servicios universales como no se había hecho en ninguna otra parte del mundo.

FUENTE CONSULTADA

Comisión Europea (1997). Libro Verde sobre la convergencia de los sectores de telecomunicaciones, medios de comunicación y tecnologías de la información y sobre sus consecuencias para la reglamentación en la perspectiva de la sociedad de la información. Bruselas: autor.